FUNCIONES
La asamblea debe reglamentar lo referente a: elección de dignatarios, aplicación de las
sanciones y estímulos, los proyectos empresariales, la representación de la organización
en espacios de integración o de alianzas.
Las comisiones de trabajo deben reglamentar la forma de nombrar el secretario y las
funciones a cumplir, los libros que debe llevar y cada uno de los servicios y programas que
desarrollan, además como se llevan a cabo la participación del vicepresidente, con el
coordinador de la comisión de trabajo, para garantizar la efectividad de la planeación.
La comisión de convivencia y conciliación debe reglamentar entre otros aspectos: La
forma como de nombra el coordinador y secretario, la manera como se llevan el libro, los
documentos, el archivo de las actuaciones, los procedimientos, duración de la reuniones,
la participación en ellas de otros dignatarios, las conciliaciones, el tiempo de estudio de los
procesos.

kuuuuu
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